La existencia de aspectos concurrentes entre la seguridad vial y la Prevención de Riesgos Laborales es fácil de intuir El que los accidentes de trafico puedan ser, simultáneamente, accidentes de trabajo es un concepto bien introducido en nuestra cultura económica, jurídica y laboral.
Más difícil es precisar su marco jurídico común. Desde la Prevención de Riesgos Laborales se ha considerado siempre la Seguridad Vial como un aspecto preventivo al margen de su capacidad de intervención activa, recepcionando sus efectos en el ámbito de los contratos de trabajo, pero no en la planificación de las medidas de Prevención de Riesgos Laborales.
No hay una concepción de relación de causalidad interactiva entre la Prevención de Riesgos Laborales y los accidentes de trabajo vinculados a la Seguridad Vial. Hasta ahora ha estado vinculada solo al régimen de protección de los accidentes de trabajo, como resultado y no como actividad preventiva.